Membresía CliniClub.
- Presentación del programa
- En nombre de CLINICLUB S.A.S., nos permitimos presentar nuestra Membresía «CliniClub«, la cual corresponde a un programa de fidelización que tiene por finalidad la gratificación para con la población del Valle del Cauca por el recibimiento a los múltiples años de servicio de nuestros aliados en sus domicilios. Así pues, CliniClub es un programa de membresía que pone a disposición de sus afiliados tarifas y acceso preferencial en servicios de salud y asociados. Esto con el fin de que los usuarios de manera accesible puedan recibir en sus hogares, empresas u oficinas atención médica integral de calidad y espacios de bienestar dirigidos hacía el cuidado y crecimiento personal, bajo la disponibilidad de cada prestador.
- Dicho esto, el presente documento responde a ser el contrato de afiliación que toda persona natural o jurídica que se encuentre interesada en recibir los beneficios de la afiliación del programa CliniClub debe suscribir.
- Partes contratantes
- De una parte, CliniClub S.A.S., sociedad mercantil debidamente constituida, con domicilio en el municipio de Tuluá, Valle del Cauca, e identificada con Número de Identificación Tributaria NIT No. 901.597.206-6, quien para efectos del presente contrato funge como dueña, institución prestadora de servicios de salud y administradora de la Membresía CliniClub, (en adelante, la “Compañía”).
- De otra parte, la persona natural o jurídica debidamente identificada en el documento anexo denominado “Formulario de Afiliación”, quien en nombre propio, por mandato de un tercero o bajo las facultades que la ley le permite funge como parte “Suscriptora” o “Contratante” del presente contrato de adhesión.
- Quienes en su conjunto se denominarán las “Partes Contratantes”.
- Objeto del contrato: El presente contrato de adhesión tiene por objeto la definición de los términos y las condiciones a partir de los cuales las Partes Contratantes ejecutarán la relación comercial relativa a la afiliación y permanencia en la Membresía
- La afiliación a la Membresía CliniClub tiene como único fin el acceso a precios diferenciales en servicios de salud o de bienestar general. Las tarifas de cada servicio se especifican dentro del anexo denominado “Tarifario año 2025”, el cual es parte integral del presente contrato.
Parágrafo 1ro: La Membresía CliniClub NO es un plan voluntario de salud, NO es una póliza de seguro, NO es una póliza de medicina prepagada, ni tiene por objeto la garantía o aseguramiento en la prestación de algún servicio de salud. Los beneficios a los que permite acceder la precitada se limitan a ser enteramente en modalidad evento y bajo la entera disponibilidad de cada prestador.
Parágrafo 2do: CliniClub S.A.S. no es una empresa de medicina prepagada, no es una empresa de servicio de ambulancia prepagada y no es un asegurador o figura que haga sus veces. En consecuencia, CliniClub S.A.S. como parte del presente contrato NO oferta un aseguramiento o garantía en la prestación de servicios de salud de manera condicionada o no condicionada.
- Obligaciones a cargo de la Compañía: La Compañía se obliga para con los Suscriptores del presente contrato a:
- Garantizar el acceso incondicional de los Suscriptores a tarifas preferenciales en servicios de salud y/o bienestar prestados por la misma entidad o por entidades que se adhieran a la Membresía CliniClub en calidad de prestadores de servicios.
- Brindar asistencia técnica y asesoría telefónica dentro de los horarios prestablecidos para el efecto, los cuales serán de 8:00am a 12:00m y de 14:00pm a 17:30pm.
- Reconocer a cada Suscriptor que haya cumplido con las formalidades internas y que se encuentre al día con el pago consecuente de la suscripción del presente, como un afiliado de la Membresía CliniClub y en consecuencia, garantizar el acceso a las tarifas preferenciales de sus servicios y los ofertados por los demás miembros prestadores de servicios.
- Poner a disposición de los Suscriptores el tarifario de servicios propio y de los demás miembros prestadores de servicios en su plataforma digital: com.co
- Garantizar y obligar a garantizar las tarifas definidas para cada anualidad por los prestadores de servicios y los propios. De suerte que, la Compañía no podrá modificar discrecionalmente el tarifario de servicios durante el año vigente en el que se haya adquirido la membresía. Solo se podrá modificar el tarifario de la Membresía una vez vencida cada anualidad calendario (31 de diciembre) y la modificación se realizará entre el primero (01) de enero y hasta antes del veinte (20) de enero de cada año. El incremento se limitará hasta un máximo de diez por ciento (10%) por encima del Índice de Precios al Consumidor IPC del año por iniciar. El incremento tendrá vigencia a partir del primero (01) de febrero de la anualidad calendario inmediatamente siguiente.
Parágrafo 1ro: El acceso incondicional a tarifas preferenciales se limita a las tarifas como su literalidad lo indica. De modo que, la Compañía no se obliga a garantizar la prestación de sus servicios, ni los servicios ofertados por los miembros prestadores de servicios, ni a mantener una cobertura permanente, ni a mantener una disponibilidad de sus servicios permanente. Los miembros prestadores de servicios se adhieren a la Membresía CliniClub en concordancia a estos mismos términos.
Parágrafo 2do: Las personas que aparezcan relacionadas en las casillas destinadas para anotar los datos de los usuarios, el cual tiene el encabezado “USUARIOS”, serán los beneficiarios del presente contrato. De tratarse de un pacto por otro o mediar aparente
representación por parte del Suscriptor, la negación de recibir el beneficio por parte de los Usuarios no eximirá la responsabilidad del pago y cumplimiento del presente contrato por parte de quienes funjan la calidad de Suscriptores.
- Obligaciones a cargo de cada Suscriptor: El Suscriptor debidamente identificado dentro del anexo “Formulario de Afiliación” se obliga para con la Compañía y los miembros prestadores de servicios en el contexto de la afiliación a la Membresía CliniClub a:
- Pagar la cuota convenida como contraprestación a la acreditación como afiliado de la Membresía CliniClub en los siguientes términos:
- Pago anual: el pago de la presente suscripción se debe realizar de manera concomitante a la firma o ratificación del presente documento. Únicamente el pago dará inicio a las obligaciones de la Compañía consignadas en el No obstante lo anterior, la sola firma del presente obliga a la parte Suscriptora a cumplir con las obligaciones aquí estipuladas a su cargo.
- El impago o mora en el pago de la cuota tendrá como resultado la desafiliación automática del Suscriptor. En cualquier caso el pago que tenga por objeto la renovación de la afiliación deberá hacerse antes del vencimiento de la misma y deberá incluir el ajuste o aumento a que haya lugar para la anualidad inmediatamente en curso.
- Pagar por cada servicio que sea requerido y consentido por parte de cada prestador en los términos del tarifario y de cada contrato de prestación de servicios que surja con independencia del presente contrato.
- Determinar si el domicilio de su residencia, o de quienes se permite afiliar en representación, se encuentra dentro de las áreas de cobertura de los servicios domiciliarios, en concordancia con el articulo 6 del presente escrito. Es exclusiva responsabilidad del Suscriptor determinar, a partir de las indicaciones dadas en el presente contrato, si su domicilio o residencia se encuentra dentro de las áreas de cobertura de la Membresía.
- Asumir los gastos de transporte y demás derivados de la movilización de los Usuarios y familiares a los sitios intramurales donde adquieran un servicio en el contexto de la presente suscripción. A excepción de cuando se adquiera el servicio de trasporte especial tipo ambulancia, el cual cubrirá netamente el transporte en las condiciones que sea adquirido.
- Diligenciar de manera completa y veraz el formulario de ingreso dispuesto para los efectos en todos los medios de afiliación que disponga la Compañía. Sin el cumplimiento de esta obligación no surgen obligaciones para la Compañía.
- Cobertura territorial y temporal: La cobertura territorial se limitará al suelo urbano que determine cada municipio en el que se oferta el presente servicio de acuerdo a su Plan de Ordenamiento Territorial-POT. No se prestará cobertura de servicios domiciliarios en suelo rural, salvo pacto en contrario.
- Los municipios en los que se oferta la presente Membresía, sin limitarse a crecer según la discrecionalidad del dueño de la misma CliniClub S.A.S., en principio son:
- Tuluá, Valle del
- Andalucía, Valle del
- Bugalagrande, Valle del
- Rio Frio, Valle del
- San Pedro, Valle del
- Es responsabilidad de cada Suscriptor determinar si su domicilio se sujeta a la cobertura descrita en la presente cláusula.
- Los servicios ofertados y cubiertos por el beneficio de precios preferenciales podrán ser servicios domiciliarios, como intramurales, según lo ofertado por cada Prestador de Servicios. La presente Membresía no incluye ningún tipo de gasto de transporte para con los Suscriptores, siguiendo los términos del artículo 5.4.
- Devoluciones y cancelaciones: Los Suscriptores tienen derecho a cancelar la suscripción antes de la finalización del término del contrato o del periodo pagado, así como se conservan el derecho a no renovar el contrato sin lugar a pago de perjuicios o indemnizaciones adicionales a las establecidos en la presente cláusula.
- Cuando la cancelación sea antes de la finalización del periodo pagado, no habrá lugar a ninguna devolución de dinero. Pues la cancelación corresponde a una decisión libre y espontanea de los Suscriptores o Afiliados.
- La terminación anticipada debe ser puesta en conocimiento de la Compañía a través del correo electrónico info@cliniclub.com.co , dentro del cual se deberá dar información completa que permita identificar a los Suscriptores, el contrato y la simple manifestación de la decisión de terminación.
- La Compañía se conserva el derecho a dar por terminado el contrato anticipadamente sin que medie ningún tipo de explicación o justa causa. Para ello deberá notificar la decisión a los Suscriptores con una anticipación igual o superior a 5 días hábiles antes de la causación de un nuevo periodo de pago, como mínimo. La terminación tendrá efectos hasta después de finalizado el periodo pagado por el Suscriptor. En cualquier caso, se podrá terminar de inmediato sin lugar a que haya lugar el pago de indemnizaciones o rembolsos cuando se presenten casos de violencia en cualquiera de sus dimensiones y mora en el pago por parte de los Suscriptores o sus familiares para con el personal asistencial y/o administrativo de la Compañía y/o de los miembros prestadores de servicios. En cualquier caso, la Compañía podrá cesar de manera inmediata y sin justa causa los efectos del presente contrato cuando a bien tenga y en dicho caso deberá devolver el valor pagado no devengado de la Membresía.
Parágrafo: Cualquier devolución de dinero se deberá hacer dentro de los 30 hábiles siguientes a la notificación de la decisión que origine la misma.
- El uso fraudulento de los beneficios adquiridos, la violencia o irrespeto hacía el personal administrativo o asistencial, así como la falta de veracidad de la información proporcionada
por parte de los Suscriptores y/o Usuarios, serán motivo para dar por terminado justificadamente de manera unilateral la relación contractual sin lugar a devoluciones de manera inmediata.
- Limitación de responsabilidad: La Compañía no asume ningún tipo de responsabilidad por la responsabilidad civil contractual o extracontractual que pueda ser generada dentro de las prácticas médicas o profesionales de cada Miembro Prestador de Servicios. Puesto que en cada caso, cada prestación de servicios, serán relaciones jurídicas particulares e independientes. La Compañía se limita únicamente a dar garantía de los precios aquí
- El presente contrato se limita a la obtención de unos beneficios en descuentos y precios preferenciales en servicios, más no garantiza la prestación de dichos De suerte que, no podrá ser considerado como hecho generador de responsabilidad la decisión libre de cada Miembro Prestador de Servicios y de la Compañía de no prestar sus servicios, ni la responsabilidad derivada de una mala práctica médica o clínica brindada con acceso a los precios preferenciales que la Membresía otorga, ni de cualquiera que pueda ser ocasionada dentro de los espacios de prestación de servicios, como en los domicilios. La única carga obligacional de la Compañía obedece a garantizar el acceso a los precios preferenciales establecidos en el presente y sus anexos, y en todo caso, el resarcimiento del eventual daño, entiéndase por daño el no acceso a los precios preferenciales, se limitará a devolver la totalidad de los dineros pagados por la suscripción a la membresía en la anualidad que cursa al momento de generarse la negación de los servicios.
- La Compañía no asume responsabilidad por cualquier hecho generador de responsabilidad civil o penal que se cause en el domicilio de los La Compañía no responde por objetos perdidos o dañados en el contexto de una prestación de servicios por parte propia o de un Miembro Prestador de Servicios. Es obligación de cada Suscriptor y Usuario mantener un deber de control y vigilancia sobre sus objetos personales.
- La carga obligacional de la Compañía es de Dicha carga obligacional se limita a dar garantía respecto el acceso de los Suscriptores a las tarifas preferenciales anexas al presente contrato. La prestación de cada servicio será independiente al presente contrato y constituirán contratos autónomos de prestación de servicios en sí mismos. De llegarse a entender o ser declarada la existencia de un coligamiento contractual de dichos contratos de prestación de servicios con el presente, el mismo se limitará a lo relacionado con el precio objeto de cada contrato de prestación de servicios. En cualquier caso, la prestación de servicios en salud se limita por naturaleza a obligaciones de medio y no de resultado.
- La Compañía, AMID S.A.S. y los Miembros Prestadores de Servicios no constituyen empresas de medicina prepagada, de ello que no le sea aplicable el contenido normativo del Articulo 17 del Decreto 1570 de 1993.
- Vigencia: La vigencia del presente contrato es de un año contado a partir de su firma y pago de primera cuota.
- El presente contrato se renueva de manera automática ante el vencimiento del término inicial del No deberá mediar manifestación expresa de las Partes para su renovación, sin perjuicio de la libertad que tienen las mismas para dar por terminado unilateralmente el presente o no renovarlo. En cualquier caso las cargas obligacionales de la Compañía ante la renovación automática dependen del pago en debido término de la anualidad siguiente, esto es, dentro de los 15 días hábiles siguientes al vencimiento de la Membresía expirada.
- Suspensión o no prestación de beneficios: La Compañía podrá negarse justificadamente a garantizar el acceso a los precios preferenciales en los siguientes casos: a) Inaccesibilidad a las vías para la prestación del servicio. b) Zona de no cobertura. c) Situación de orden público y climático que no permita la accesibilidad al lugar de prestación de servicio o la apertura de las sedes donde se presten servicios d) Estado de mora del contrato. Los supuestos facticos mencionados no podrán ser considerados dentro los hechos generadores de responsabilidad que tratar el Artículo 8.1. y siguientes.
- Autorización de tratamiento de datos personales: El Suscriptor y los Usuarios con la entrega de su información o con el pago de la membresía CliniClub o con la firma del presente contrato autoriza expresamente a la Compañía para el tratamiento de sus datos personales conforme a la Política de Protección de Datos publicada en com.co y la Ley 1581 de 2012 u otras que le adicionen o modifiquen, con fines de afiliación, prestación de servicios y comunicación comercial.
11.1 Modificación a datos personales: Para la gestión y realización de modificaciones del formulario de ingreso se deberá hacer la respectiva solicitud en el correo electrónico info@cliniclub.com.co . El cambio podrá obedecer a correcciones en datos personales o la adición de un nuevo Usuario. En ningún caso se permitirá la sesión de la posición contractual por parte de los Suscriptores, salvo medie autorización previa y expresa de la Compañía. Los cambios podrán tener costos, los cuales se describen en el siguiente acápite.
- Costos o expensas del inicio y tracto sucesivo de la relación: Adicional al pago derivado de la afiliación a la membresía, se deberá pagar por parte de los suscriptores los siguientes rubros:
- Costo de inscripción. Corresponde a un único pago por concepto de gastos administrativos en el proceso de afiliación. Este pago será por cada formulario de vinculación, y no por la cantidad de usuarios.
- Costo de corrección de información. Corresponde al pago que deberá preceder la solicitud de corrección o modificación de información tratados en acápite anterior. Será un pago por cada solicitud de corrección.
- Resolución de controversias: Todas las controversias derivadas del presente contrato deberán ser resueltas de la siguiente manera, de manera escalonada y sin que haya lugar a saltarse los mismos:
- Conciliación
- Arbitraje:
- Clausula compromisoria: Las controversias en sede arbitral se resolverán ante Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El
tribunal será integrado por un árbitro de la lista B y deberá ser especialista en derecho comercial. El árbitro será escogido de común acuerdo por las partes y en caso de no ser posible su escogencia, lo hará el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. La ley aplicable será la colombiana para todos los efectos.
- Notificaciones: CliniClub A.S se permite recibir notificaciones electrónicas en la dirección info@cliniclub.com.co .
- El Suscriptos será notificado en la dirección física y electrónica que haya proporcionado en las partes correspondientes del “Formulario de Afiliación” adjunto.
- Anexos: Se consideran anexos al presente contrato los siguientes documentos:
- Formulario de aceptación.
- Documentos de identidad de Suscriptores y
- Tarifarios para cada